ETIQUETADO Υ ROTULADO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS – ETIQUETADO DE ALIMENTOS SALUDABLES

S/99.00

🗓️Fecha: 16 Y 18 DE SETIEMBRE DEL 2026

🕐 𝗛𝗼𝗿𝗮𝗿𝗶𝗼: 07:00 p.m. a 10:00 p.m.

➡️𝐌𝐨𝐝𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝: ONLINE ZOOM – VIRTUAL (clases en vivo y asincrónico)

➡️Certificación: 40 horas.

Información adicional

AUSPICIOS

Consultoría e Ingeniería TQI

MODALIDAD

Virtual por Zoom

SECTOR

AGROINDUSTRIA Y ALIMENTARIA

TIPO

Curso de Especialización

Temario

I. MARCO NORMATIVO Y FUNDAMENTOS DEL ETIQUETADO
  • ​Principios generales del rotulado: Propósito de la etiqueta, prevención del engaño al consumidor y derechos de información.
  • ​Normativa internacional y nacional: Codex Alimentarius (STAN 1-1985 y CXG 2-1985), Normas Técnicas Peruanas (NTP) y reglamentos sanitarios (DIGESA/MINSA).
  • ​Campos de aplicación: Alimentos envasados, bebidas no alcohólicas, productos importados y excepciones normativas.
II. ​COMPONENTES OBLIGATORIOS DE LA ETIQUETA NUTRICIONAL
  • ​Información general requerida: Denominación del alimento, lista de ingredientes, alérgenos, contenido neto, lote, fecha de vencimiento y datos del fabricante/importador.
  • ​Tabla de información nutricional: Cálculo e interpretación de valores energéticos, macronutrientes (grasas totales, saturadas, trans, carbohidratos, azúcares) y micronutrientes.
  • ​Porciones y valores de referencia: Definición del tamaño de porción y Porcentaje de Valor Diario (%VD).
​III. ETIQUETADO DE ALIMENTOS SALUDABLES Y OCTÓGONOS DE ADVERTENCIA
  • ​Ley N° 30021 y Manual de Advertencias Publicitarias: Marco legal de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.
  • ​Criterios técnicos para octógonos: Parámetros para declarar “Alto en Azúcar”, “Alto en Sodio”, “Alto en Grasas Saturadas” y “Contiene Grasas Trans”.
  • ​Reglas de ubicación y diseño: Formato, tamaño proporcional, colores y disposiciones para empaques pequeños y medios publicitarios.
IV. ​DECLARACIONES NUTRICIONALES, SALUDABLES Y FISCALIZACIÓN
  • ​Claims o declaraciones nutricionales: Condiciones para usar términos como “Libre de”, “Bajo en”, “Fuente de” o “Enriquecido”.
  • ​Declaraciones de salud: Propiedades saludables permitidas y sustentación científica requerida.
  • ​Fiscalización y sanciones: Rol de INDECOPI y DIGESA, infracciones frecuentes por rotulado engañoso y gestión de reclamos.

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