ETIQUETADO Υ ROTULADO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS – ETIQUETADO DE ALIMENTOS SALUDABLES
S/99.00
🗓️Fecha: 16 Y 18 DE SETIEMBRE DEL 2026
𝗛𝗼𝗿𝗮𝗿𝗶𝗼: 07:00 p.m. a 10:00 p.m.
𝐌𝐨𝐝𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝: ONLINE ZOOM – VIRTUAL (clases en vivo y asincrónico)
Certificación: 40 horas.
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Información adicional
| AUSPICIOS | Consultoría e Ingeniería TQI |
|---|---|
| MODALIDAD | Virtual por Zoom |
| SECTOR | AGROINDUSTRIA Y ALIMENTARIA |
| TIPO | Curso de Especialización |
Temario
I. MARCO NORMATIVO Y FUNDAMENTOS DEL ETIQUETADO
- Principios generales del rotulado: Propósito de la etiqueta, prevención del engaño al consumidor y derechos de información.
- Normativa internacional y nacional: Codex Alimentarius (STAN 1-1985 y CXG 2-1985), Normas Técnicas Peruanas (NTP) y reglamentos sanitarios (DIGESA/MINSA).
- Campos de aplicación: Alimentos envasados, bebidas no alcohólicas, productos importados y excepciones normativas.
II. COMPONENTES OBLIGATORIOS DE LA ETIQUETA NUTRICIONAL
- Información general requerida: Denominación del alimento, lista de ingredientes, alérgenos, contenido neto, lote, fecha de vencimiento y datos del fabricante/importador.
- Tabla de información nutricional: Cálculo e interpretación de valores energéticos, macronutrientes (grasas totales, saturadas, trans, carbohidratos, azúcares) y micronutrientes.
- Porciones y valores de referencia: Definición del tamaño de porción y Porcentaje de Valor Diario (%VD).
III. ETIQUETADO DE ALIMENTOS SALUDABLES Y OCTÓGONOS DE ADVERTENCIA
- Ley N° 30021 y Manual de Advertencias Publicitarias: Marco legal de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.
- Criterios técnicos para octógonos: Parámetros para declarar “Alto en Azúcar”, “Alto en Sodio”, “Alto en Grasas Saturadas” y “Contiene Grasas Trans”.
- Reglas de ubicación y diseño: Formato, tamaño proporcional, colores y disposiciones para empaques pequeños y medios publicitarios.
IV. DECLARACIONES NUTRICIONALES, SALUDABLES Y FISCALIZACIÓN
- Claims o declaraciones nutricionales: Condiciones para usar términos como “Libre de”, “Bajo en”, “Fuente de” o “Enriquecido”.
- Declaraciones de salud: Propiedades saludables permitidas y sustentación científica requerida.
- Fiscalización y sanciones: Rol de INDECOPI y DIGESA, infracciones frecuentes por rotulado engañoso y gestión de reclamos.
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